Abogado de Mala practica Medica

La mala práctica médica ocurre cuando algún proveedor de servicios médicos la causa daño a un paciente debido a un error por negligencia. Sin embargo, no todo error por acto de negligencia se considera mala práctica ante la ley. Además, la legislatura del estado de Florida ha creado un procedimiento complejo que dificulta aún más la habilidad de los pacientes de ser compensados por sus daños, como la exigencia de una certificacionnotarizada (afidávit) de un experto médico. Sin esa certificación, no se permite traer un reclamo.

Víctimas de mala práctica médica y sus familiares podrían sentirse perdidos sin saber qué hacer. Se preguntan:

  • ¿Quién puede ayudarme? A: Nosotros podemos
  • ¿Cuán pronto puedo obtener ayuda? A: Inmediatamente. Llámenos
  • ¿Cuánto costaría contratar al abogado? A: No cobramos pagos iniciales.

Paso #1: Tome Acción Inmediata:

  1. Póngase en contacto con nosotros las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para una consulta gratuita garantizada con el abogado con experiencia en casos por mala práctica médica.
  2. Le garantizamos que en su primera consulta con el abogado de lesiones personales de la firma le explicaremos todo el proceso de manejo de su caso por mala práctica médica y contestaremos todas sus preguntas.
  3. Se garantiza que la consulta se programará inmediatamente con un abogado para analizar su caso por mala práctica médica (sin costo).
  4. Ofrecemos consultas por teléfono, en la oficina, en su casa, hospital o cualquier otro lugar que sea conveniente
  5. Haga clic aquí para obtener respuestas detalladas sobre las preguntas más frecuentes relacionadas reclamos por mala práctica médica.

Paso #2: Lo que necesita saber:

  1. En Florida, el término de prescripción para presentar un reclamo por mala práctica médica es dos (2) años desde que ocurre el evento. Puede extenderse hasta (4) años en casos de fraude o encubrimiento del daño por parte del médico.
  2. Para presentar un reclamo por fallecimiento debido a mala práctica médica, personas reconocidas por la ley podrían traer un reclamo. En ese caso se debe iniciar una sucesión y designar un representante personal para tomar decisiones a nombre del difunto.
  1. La ley actualmente limita el derecho a presenter un reclamo por fallecimiento debido a mala práctica médica a el viudo/la viuda, hijos menores de edad del difunto o; todos los hijos del difunto en caso que no haya viudo o viuda.
  2. Usted no paga ningún dinero por adelantado para retenernos como su abogado. Solo paga si recibe compensación en el momento en que se resuelve el caso.

Paso #3: Daños que puede tener derecho a recuperar:

  1. Pago de facturas y costos de proveedores médicos pasados ​​y presentes
  2. Tratamiento futuro de atención médica
  3. Salarios perdidos pasados, presentes y futuros
  4. Dolor y angustia física
  5. Dolor y angustia emocional
  6. Daños personales y a la propiedad
  7. Daños punitivos (en circunstancias especiales)
  8. Pérdida de consorcio
  9. Y otros daños según lo permita la ley